Zumo de Twitter (3)

Como era de esperar, en cuanto ha apretado un poco el ritmo de trabajo, he tenido algún viaje y reuniones más o menos intensas, la regularidad de este post se ha venido abajo. Y para colmo estas semanas han venido muy movidas y con muchas cosas interesantes que han pasado, así que la lista va a ser bastante más larga de lo que debería ser habitual. Son seis semanas de enlaces y va a costar un día entero leérselo todo, pero prometo que es sólo una selección. Por otra parte he descubierto que con Storify se puede hacer este post mucho más rápido y mejor. ¿Por qué no me había avisado nadie?

 

 

Sobre la regulación de las redes sociales

Julio Alonso en eldiario.esAyer escribí para eldiario.es un artículo sobre este tema titulado: Trileros, tecnologías, críticas y bocazas. La tesis que defiendo es que se está aprovechando un suceso que nada tiene que ver con internet para intentar controlar un medio que está resultando el principal soporte a los poderes establecidos. Y esto lo está haciendo el gobierno y también un buen sector de la prensa tradicional, por motivos muy concretos.

Mi socio Antonio Ortiz comenta el asunto en error500: Límites a la libertad de expresión e Internet. En él, aunque admite estar de acuerdo conmigo en muchos de los puntos, mantiene que deben existir límites a la libertad de expresión en internet, aunque no se pronuncia sobre cuales deben ser. También afirma que blogs y twitter no son como la barra de un bar.

Empecemos por la libertad de expresión. Claro que hay límites a ella en internet y fuera. Esos límites tienen que ver con su convivencia con otros derechos. Lo que sucede es que la libertad de expresión está entre los derechos de mayor relevancia y protección. Por lo tanto, debe prevalecer en la inmensa mayoría de los casos. A lo que yo me opongo enérgicamente es a una regulación específica para internet.

En cuanto al argumento del bar, efectivamente, en internet se difuminan las barreras entre la comunicación  y la publicación. La comunicación la podía hacer todo el mundo y, normalmente, alcanzaba a pocas personas. La publicación solo la podían ejercer unos pocos (ergo controlables) y garantizaba una llegada mucho más amplia. En internet toda comunicación es publicación. Hay herramientas de publicación voluntariamente controlada, whatsapp, por ejemplo, pero lo normal es que sea publicación abierta. Esto supone que mucha más gente publique. Hace tiempo alguien me comentaba lo mal que se escribía ahora. Y yo le repliqué que se escribe mucho más y que, como dice Antonio, escribe mucha más gente. Y eso incluye a mucha gente que antes no se expresaba habitualmente por escrito. Es normal que la calidad media se resienta, pero creo que se gana mucho más de lo que se pierde. También es verdad que buena parte de los que escriben en internet no son conscientes de estar publicando. Sí lo somos los que tenemos cierta relevancia pública o los que nos dedicamos profesionalmente a ello. No lo es el chaval que usa twitter para comunicarse con 5 amigos y luego le siguen 20 bots y 30 cuentas falsas más. Y es mucho más consciente de publicar alguien que usa un blog que alguien que usa twitter o facebook que están conceptualizadas generalmente como herramientas de comunicación, no como herramientas de publicación.

En cualquier caso, ¿un blog o twitter son un bar? No. Igual que un bar no es una plaza, ni un estadio. A dónde voy es, de nuevo, a que no hay que hacer una regulación específica para internet. Como apunta Gonzalo Martín en un comentario al post de Antonio, sí se puede y se tiene ya en cuenta en la legislación el nivel de difusión que tenga un acto. De nuevo, en internet o en otro sitio. De hecho, es mucho más grave lo que se dice a diario en ciertas tertulias televisivas y radiofónicas y tiene en la mayoría de los casos mayor alcance, que lo que diga un chaval en su twitter.

Por último, Juan García introduce en otro comentario al post de Antonio el argumento de que no debemos admitir como adecuado que se digan ese tipo de cosas. No es correcto, ético o deseable, dice. Por supuesto. Pero es que no todos los comportamientos que socialmente nos parezcan indeseables han de ser fiscalizados por la ley. Primero porque a menudo no hay unanimidad sobre lo que es indeseable o no. La gente tiene valores y niveles de tolerancia muy heterogéneos. Por otra, porque ya existen mecanismos sociales que permiten hacer un reproche a ese individuo sin que tenga que intervenir la justicia. Por irme a un caso muy claro. A mediados del siglo pasado (y seguramente que hace menos también) en muchos pueblos pequeños estaba mal visto que una chica soltera tuviera un hijo. Y no estaba penado ni era delito. Sin embargo, se ejercía una presión social muy fuerte en ese entorno que hacía de hecho la vida imposible a quién infringía esa norma social. En internet también hay mecanismos parecidos. Bloqueos en twitter, borrado de comentarios, críticas abiertas y también publicadas…

Termino. Recordemos el principio de intervención mínima que debe regir el derecho penal. Sólo deben ser delitos los supuestos más graves y claros. Se debe legislar para los casos generales y no con casos particulares en mente. Se regula en general y para todos los supuestos, no para internet. Y, por último, hay que ser más tolerante y aprender a vivir con muchas cosas que a nosotros particularmente no nos gustan o hasta nos hieren.

A continuación, el texto completo de mi artículo en el diario.es:

 

Trileros, tecnologías, críticas y bocazas

Hay grandes maestros de la distracción. Gente que, cual trileros, consiguen que mires donde ellos quieren y no donde tú pretendías hacerlo. El mérito no está tanto en conseguir cambiar de dirección tu mirada, sino en el que tú no te des cuenta de que estás siendo manipulado. Entre nuestra clase política y parte de los medios tradicionales parecen abundar y tener un talento especial. El caso de la inexistente relación causal entre el reciente asesinato de una política del PP y las redes sociales es un ejemplo de libro.

Según todos los indicios, se trata de un crimen entre personas del mismo partido, por asuntos no ideológicos y que nada tienen que ver con internet o con las redes sociales. En Twitter se ha hablado mucho de ello. También en Facebook. También por WhatsApp o por email. Y también en persona en casa, en el trabajo y en el bar. Creo que hasta incluso por teléfono y por teléfono móvil. La gente habla de temas que le llama la atención independientemente de la tecnología que usen para ello.

Y entre los que hablan de prácticamente cualquier tema, hay gente que dice cosas sensatas con las que estamos de acuerdo y hay gente que dice cosas que también parecen sensatas, pero con las que no estamos de acuerdo. También hay gente que dice cosas insensatas y sin sentido, y luego están los que insultan, gritan y sacan el pie del tiesto. En Twitter, en el bar y por telegrama. La tecnología para esto es irrelevante.

Pero a raíz de algunos de estos comentarios, que son claramente minoritarios, buena parte de la prensa tradicional y el Gobierno con el ministro del Interior al frente se han levantado en armas pidiendo que se regulen las redes. Porque esto no es tolerable ni se puede consentir. Aquí aparece el trilero.Ya no hablamos de quién es el asesino ni de qué motivos le movían. Ni hablamos de qué pasaba en León o en el PP para que se acabe matando a alguien. Hablamos de que alguien en Twitter ha insultado o ha dicho barbaridades.

Creo que se ha dicho hasta la saciedad que las leyes ordinarias también aplican a internet. Aquella declaración de independencia de internet que escribió en 1996 John Perry Barlow no ha tenido efectos prácticos. Algo que sea delito en un bar lo es también en Twitter. Algo que no lo sea en un bar, tampoco debe serlo en Twitter. Internet no puede ser un territorio sin ley, pero tampoco puede estar sometido a un estado de excepción, a un régimen de libertades recortadas.

¿Que hay gente que dice barbaridades, incluso sobre nosotros? ¡Bienvenido al mundo real! Eso pasa en todos los ámbitos, todos los días. Y la mayor parte de esos casos no son delitos. Ni en internet ni fuera. Ante ellos, lo que hacemos es intentar aislarnos del sujeto que los lanza. Si alguien se dedica a insultarnos por la calle, pasamos por otro lado, intentamos evitarlo. En internet esto es todavía más fácil de hacer. En Twitter, que es un medio deliciosamente asimétrico, basta con bloquear a dicho individuo. Por arte de magia no volvemos a oír a ese sujeto. Seguirá diciendo lo que quiera decir, pero al igual que si lo dice en un bar al que no vamos, no nos enteramos.

La demonización de internet desde los medios tradicionales es un fenómeno que viene de antaño. En parte su causa es un profundo desconocimiento sobre su funcionamiento real. En parte es miedo a lo desconocido. También desconfianza hacia personas que se mueven en un entorno diferente al mío. Y, por último, interés directo en perjudicar a algo que se ve como el enemigo, como los que nos han quitado los lectores y los ingresos publicitarios. Hace cosas maravillosas, pero, es una bruja, es una bruja, ¡quemémosla!

La persecución de internet desde los poderes públicos es todavía más seria. Demuestra muy poco talante democrático. Poca tolerancia con las críticas o las opiniones contrarias o simplemente distintas. La definición por antonomasia de la libertad de expresión es la frase, erróneamente atribuida a Voltaire, que dice: “No estoy de acuerdo con lo que opinas, pero defenderé hasta la muerte tu derecho a expresarlo”. ¡Qué lejos están muchos de ello! De hecho, están mucho más cerca de los planteamientos de Erdogan en Turquía cerrando el acceso a Twitter o de regímenes mucho menos democráticos.

Pero no es sólo eso. Esta polémica artificial es la excusa perfecta para conseguir otro objetivo. De nuevo el trilero. Internet es un entorno en el que no controlan la opinión. Hay una buena parte de la prensa tradicional que jalea al gobierno en este asunto. Hay otra parte de la prensa tradicional que hasta hace poco era algo más independiente y algo más crítica, pero todo eso ha sido resuelto rápidamente consiguiendo el cese de tres directores de periódico. Ahora hay que meter en cintura a la crítica desde internet. Y lo harán criminalizándola. Igual que pretenden criminalizar la protesta en la calle con la ley de seguridad ciudadana. Porque da igual donde sea, lo relevante es que se protesta y se critica. Y eso no puede ser. Que haya unos bocazas insultando en Twitter es la excusa perfecta.

 

Reforma de la LPI: todos somos policías

Aunque finalmente hoy no va a Consejo de Ministros, la #LeyLassalle sigue su proceso. Hoy se ha conocido un nuevo borrador de dicha ley, que, como cuenta Pablo Romero en El Mundo, ha subido a Internet Ibercrea. Cada vez estoy más preocupado.

¿Qué dice el borrador de la #LeyLassalle?
Creo que habrá tiempo para hacer un análisis detallado artículo por artículo, y hay expertos legales más cualificados que yo para hacerlo. En cualquier caso, después de leer el texto resaltaría estos puntos:

  1. Copia Privada. Se busca restringir la copia privada con dos finalidades: uno, convertir en ilegal usos que hasta ahora eran legales para que la industria cultural los pueda perseguir y lucrarse con ellos. Dos, reducir los casos de copia privada y por lo tanto las cuantías que el Estado debe pagar a las entidades de gestión como compensación. Me llama la atención que en la redacción actual se confunden torpemente (o quizás no) los conceptos de copia y reproducción, que se excluye a las personas jurídicas del derecho de copia (incluso si compran legalmente los originales) y que se establece que sólo hay derecho de copia privada si es a partir de un “soporte original adquirido en propiedad por compraventa comercial”. Osea, que si mi hermana me regala un disco no puedo hacerme una copia para oirlo en un reproductor de música digital porque yo no lo he adquirido por compraventa comercial. Tampoco queda muy claro si esto incluye los soportes digitales o no. De paso se limita fuertemente el derecho de copia privada en el ámbito de la enseñanza, haciendo una exclusión explícita de los libros de texto.
  2. Enlaces. Se busca equiparar el efecto de enlazar al de poner a disposición una obra. Esto es un muy importante paso adelante (en la mala dirección) comparado con la Ley Sinde. Se dice que se va contra los que vulneren directamente derechos de propiedad intelectual, para a continuación abrir subsidiariamente a cualquier prestador de servicios que participe. Google ha estado haciendo lobby muy intenso en esta cuestión. Pero no para impedir que se criminalice el enlace, sino para que en la redacción se les excluya a ellos, que es lo que se hace en el artículo 158.
  3. Proveedores de Servicios, Medios de Pago y Agencias de Publicidad. Se pretende convertir a todos estos agentes en policías a la fuerza. Todos ellos están obligados a cortarle sus servicios a la página que la Comisión les indique. Y si no lo hacen se establece un régimen de sanciones de 30.000 a 300.000 euros. Osea, que cuando alguien suba una película a un servicio de alojamiento y alguna página lo enlace, cualquier compañía de servicios de internet que tenga algún tipo de interacción de tipo económico con esta página corre riesgo de multas muy severas si no deja inmediatamente de trabajar con ella. Imaginémosnos un banner de un anunciante en esa página negociado a través de una agencia de medios y subido a una plataforma de ad exchange y pagado por transferencia bancaria. Todos esos agentes pasan a correr riesgo por este nuevo procedimiento. Da igual que muchas de esas decisiones sean automáticas y no manuales. Da igual que muchos de esos operadores estén fuera de España. A la página que la Comisión diga se la excluye del tráfico publicitario y del tráfico financiero. Ni en delitos económicos muchísimo más graves se prevé este tipo de sanción.
  4. Censura. Se sigue incluyendo como medida el cierre de un sitio si está alojado en España y también la solicitud a los operadores de red para que bloqueen el acceso a sitios alojados fuera de España. En los comentarios podéis hacer las analogías a los paises no democráticos que os sean más queridos.
  5. Privacidad: entrega de datos por prestadores de servicios. Se modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil Criminal para obligar a cualquier tipo de prestador de servicios, no solo las operadoras de telecomunicaciones, sino también de medios de pago y de publicidad, para que identifiquen al propietario de la página en cuestión. Esto es Google Adsense (o cualquier otro intermediario de publicidad) tendrá que identificar al propietario de una página que tiene su publicidad y enlaces a obras protegidas. De esto a identificar usuarios hay un paso muy pequeño.
  6. tweet david maeztu

  7. Actualización: Notificaciones para que no te enteres: me apunta David Maeztu que, además, se establece para esta materia la notificación por edictos. Esto es, no se hace una comunicación directa y te enteras cuando ya estás sancionado y sin posibilidad de alegar o hacer nada.

Seguro que hay más. Estas son las cosas más graves que yo he visto en la lectura apresurada que acabo de hacer.

Y ahora, ¿qué pasa?

Este texto es un borrador del Anteproyecto de Ley de Reforma de la Ley de Propiedad Intelectual. Ni siquiera sabemos si es el último. En teoría iba a ir hoy al Consejo de Ministros, pero parece que las críticas desde la propia industria cultural lo ha frenado. Posiblemente en una semana o dos, quizás coincidiendo con la Semana Santa, irá a Consejo de Ministros. Después va al Consejo de Estado, vuelta al Consejo de Ministros y luego al parlamento. Cultura dice que habrá un trámite de consulta pública de un mes. Todos los sectores se quejan de que no se les ha consultado o de que no les gusta la ley. Ibercrea, que es brazo armado del lobby cultural y se supone que sí está participando en la redacción es la que ha filtrado este borrador colgándolo en su web. Según El País también la AEDE (asociación de la prensa tradicional) está molesta. Obviamente todos los sectores de Internet. Adigital tuvo una reunión con Cultura en la que se prometió que se le haría llegar los textos para que pudiera opinar. Tampoco. Al final van a conseguir lo imposible, unir a sectores muy enfrentados entre sí, todos contra la misma reforma. Parece que el único que debe estar contento con ella es Planeta.

tweet elena gomez de pozuelo

¿Habrá gran movilización en Internet?
No creo que del nivel de la de la Ley Sinde. Han pasado demasiadas cosas por medio. Hay foros de discusión y colectivos que ya no tienen las posibilidades de actuación de antes. También han pasado muchas cosas en el país y hay muchos otros temas muy graves por los que protestar. Ahora, ni entonces fue contra un partido ni ahora es por no atacar a otro. Sí creo que veremos entrar en la discusión a muchas empresas digitales que hasta hace poco creían que esto no iba con ellos. Si pensaban que lo de las cookies era grave, esto lo es más.

¿Qué pasará al final?
Al final la ley, con algunos cambios, se aprobará. No servirá para resolver los problemas de la industria cultural. Posiblemente, como ha pasado con la Ley Sinde, en la práctica sea poco operativa. Los que hacen negocio con los enlaces a obras buscaran la forma de seguir operando sin que la ley les afecte. Y mientras, habremos creado inseguridad jurídica, habremos perjudicado gravemente la posición competiva de las empresas españolas en internet, que con las obligaciones y riesgos de esta ley quedan en inferioridad de condiciones respecto a las internacionales, y habremos erosionado un poquito más las libertades públicas. Y luego nos quejaremos de que no se emprende, de que el talento no se quede en España o de que estemos atrasados en los sectores que precisamente más capacidad de creación de empleo tienen.

Actualización 19/03/13: parece ser que Ibercrea ha sustituido en su web el documento filtrado por otro texto. El documento filtrado lo podéis encontrar en este slideshare, ya de paso formateado correctamente.

A las barricadas pierde el primer asalto

Ayer se publicó la sentencia del juicio de injurias de Ramoncín contra A las barricadas. No he publicado nada antes porque, la verdad, sigo estupefacto. La juez asume todos los argumentos de la acusación y ninguno de los de la defensa o de la fiscalía (que había solicitado la absolución).

Obviamente es un caso que he seguido muy de cerca por la relevancia del asunto, por la cercanía con el que a mí me enfrenta con la SGAE y porque compartimos abogados defensores.

En muy breve resumen la juez viene a decir que la página no tenía los datos identificativos de su autor que requiere el artículo 10 de la LSSI, que los datos de contacto del whois no eran correctos, y que por lo tanto no cabe aplicar el artículo 16 de la LSSI que establece que un prestador de servicios de internet no es responsable de los contenidos creados por los usuarios:

Artículo 16. Responsabilidad de los prestadores de servicios de alojamiento o almacenamiento de datos.

1. Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio no serán responsables por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que:

No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es ilícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o

Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos.

Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.

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