Reforma de la LPI: todos somos policías

Aunque finalmente hoy no va a Consejo de Ministros, la #LeyLassalle sigue su proceso. Hoy se ha conocido un nuevo borrador de dicha ley, que, como cuenta Pablo Romero en El Mundo, ha subido a Internet Ibercrea. Cada vez estoy más preocupado.

¿Qué dice el borrador de la #LeyLassalle?
Creo que habrá tiempo para hacer un análisis detallado artículo por artículo, y hay expertos legales más cualificados que yo para hacerlo. En cualquier caso, después de leer el texto resaltaría estos puntos:

  1. Copia Privada. Se busca restringir la copia privada con dos finalidades: uno, convertir en ilegal usos que hasta ahora eran legales para que la industria cultural los pueda perseguir y lucrarse con ellos. Dos, reducir los casos de copia privada y por lo tanto las cuantías que el Estado debe pagar a las entidades de gestión como compensación. Me llama la atención que en la redacción actual se confunden torpemente (o quizás no) los conceptos de copia y reproducción, que se excluye a las personas jurídicas del derecho de copia (incluso si compran legalmente los originales) y que se establece que sólo hay derecho de copia privada si es a partir de un “soporte original adquirido en propiedad por compraventa comercial”. Osea, que si mi hermana me regala un disco no puedo hacerme una copia para oirlo en un reproductor de música digital porque yo no lo he adquirido por compraventa comercial. Tampoco queda muy claro si esto incluye los soportes digitales o no. De paso se limita fuertemente el derecho de copia privada en el ámbito de la enseñanza, haciendo una exclusión explícita de los libros de texto.
  2. Enlaces. Se busca equiparar el efecto de enlazar al de poner a disposición una obra. Esto es un muy importante paso adelante (en la mala dirección) comparado con la Ley Sinde. Se dice que se va contra los que vulneren directamente derechos de propiedad intelectual, para a continuación abrir subsidiariamente a cualquier prestador de servicios que participe. Google ha estado haciendo lobby muy intenso en esta cuestión. Pero no para impedir que se criminalice el enlace, sino para que en la redacción se les excluya a ellos, que es lo que se hace en el artículo 158.
  3. Proveedores de Servicios, Medios de Pago y Agencias de Publicidad. Se pretende convertir a todos estos agentes en policías a la fuerza. Todos ellos están obligados a cortarle sus servicios a la página que la Comisión les indique. Y si no lo hacen se establece un régimen de sanciones de 30.000 a 300.000 euros. Osea, que cuando alguien suba una película a un servicio de alojamiento y alguna página lo enlace, cualquier compañía de servicios de internet que tenga algún tipo de interacción de tipo económico con esta página corre riesgo de multas muy severas si no deja inmediatamente de trabajar con ella. Imaginémosnos un banner de un anunciante en esa página negociado a través de una agencia de medios y subido a una plataforma de ad exchange y pagado por transferencia bancaria. Todos esos agentes pasan a correr riesgo por este nuevo procedimiento. Da igual que muchas de esas decisiones sean automáticas y no manuales. Da igual que muchos de esos operadores estén fuera de España. A la página que la Comisión diga se la excluye del tráfico publicitario y del tráfico financiero. Ni en delitos económicos muchísimo más graves se prevé este tipo de sanción.
  4. Censura. Se sigue incluyendo como medida el cierre de un sitio si está alojado en España y también la solicitud a los operadores de red para que bloqueen el acceso a sitios alojados fuera de España. En los comentarios podéis hacer las analogías a los paises no democráticos que os sean más queridos.
  5. Privacidad: entrega de datos por prestadores de servicios. Se modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil Criminal para obligar a cualquier tipo de prestador de servicios, no solo las operadoras de telecomunicaciones, sino también de medios de pago y de publicidad, para que identifiquen al propietario de la página en cuestión. Esto es Google Adsense (o cualquier otro intermediario de publicidad) tendrá que identificar al propietario de una página que tiene su publicidad y enlaces a obras protegidas. De esto a identificar usuarios hay un paso muy pequeño.
  6. tweet david maeztu

  7. Actualización: Notificaciones para que no te enteres: me apunta David Maeztu que, además, se establece para esta materia la notificación por edictos. Esto es, no se hace una comunicación directa y te enteras cuando ya estás sancionado y sin posibilidad de alegar o hacer nada.

Seguro que hay más. Estas son las cosas más graves que yo he visto en la lectura apresurada que acabo de hacer.

Y ahora, ¿qué pasa?

Este texto es un borrador del Anteproyecto de Ley de Reforma de la Ley de Propiedad Intelectual. Ni siquiera sabemos si es el último. En teoría iba a ir hoy al Consejo de Ministros, pero parece que las críticas desde la propia industria cultural lo ha frenado. Posiblemente en una semana o dos, quizás coincidiendo con la Semana Santa, irá a Consejo de Ministros. Después va al Consejo de Estado, vuelta al Consejo de Ministros y luego al parlamento. Cultura dice que habrá un trámite de consulta pública de un mes. Todos los sectores se quejan de que no se les ha consultado o de que no les gusta la ley. Ibercrea, que es brazo armado del lobby cultural y se supone que sí está participando en la redacción es la que ha filtrado este borrador colgándolo en su web. Según El País también la AEDE (asociación de la prensa tradicional) está molesta. Obviamente todos los sectores de Internet. Adigital tuvo una reunión con Cultura en la que se prometió que se le haría llegar los textos para que pudiera opinar. Tampoco. Al final van a conseguir lo imposible, unir a sectores muy enfrentados entre sí, todos contra la misma reforma. Parece que el único que debe estar contento con ella es Planeta.

tweet elena gomez de pozuelo

¿Habrá gran movilización en Internet?
No creo que del nivel de la de la Ley Sinde. Han pasado demasiadas cosas por medio. Hay foros de discusión y colectivos que ya no tienen las posibilidades de actuación de antes. También han pasado muchas cosas en el país y hay muchos otros temas muy graves por los que protestar. Ahora, ni entonces fue contra un partido ni ahora es por no atacar a otro. Sí creo que veremos entrar en la discusión a muchas empresas digitales que hasta hace poco creían que esto no iba con ellos. Si pensaban que lo de las cookies era grave, esto lo es más.

¿Qué pasará al final?
Al final la ley, con algunos cambios, se aprobará. No servirá para resolver los problemas de la industria cultural. Posiblemente, como ha pasado con la Ley Sinde, en la práctica sea poco operativa. Los que hacen negocio con los enlaces a obras buscaran la forma de seguir operando sin que la ley les afecte. Y mientras, habremos creado inseguridad jurídica, habremos perjudicado gravemente la posición competiva de las empresas españolas en internet, que con las obligaciones y riesgos de esta ley quedan en inferioridad de condiciones respecto a las internacionales, y habremos erosionado un poquito más las libertades públicas. Y luego nos quejaremos de que no se emprende, de que el talento no se quede en España o de que estemos atrasados en los sectores que precisamente más capacidad de creación de empleo tienen.

Actualización 19/03/13: parece ser que Ibercrea ha sustituido en su web el documento filtrado por otro texto. El documento filtrado lo podéis encontrar en este slideshare, ya de paso formateado correctamente.

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