Archivos CD - Julio 2005

Domingo 31

Enrique, te veo lento :)

Zopa el ebay de la banca.

comentado en El Blog de Enrique Dans: Zopa, el P2P de la banca | 31.07.05 - 0.49

Viernes 29

JJ, lo de Xataka puede deberse a las confusiones respecto a la URL. La principal es http://xataka.com sin www. También funciona con las www y como xataca.com.

comentado en Atalaya: Redes-Yo | 29.07.05 - 22.35

Pues en esto tienes más razón que un Santo. Yo el primer pecador, que no lo he mencionado en Merodeando.

Luego vienen los periodistas y preguntan por empresas españolas que hagan algo original (el otro día me preguntaban por empresas que usen wikis) y no sabemos qué decirles.

comentado en Anotado: RSS y empresas | 29.07.05 - 17.29

La verdad es que es un montonazo de contenido duplicado puesto en internet con la unica intención de atraer tráfico. Cualquiera un poco avezado se da cuenta enseguida de que no hay nunca comentarios ni trackbacks. Tampoco conseguirán enlaces exteriores (más que los de su propia red), aunque veo que tienen PRs decentes (5) y salen en primera página en Google por un par de búsquedas…

Te ha dejado sin nofollow el segundo de los enlaces.

comentado en Trabajar sin conexión: Spammers: Pixmania.com | 29.07.05 - 17.22

Me parece una discusión muy interesante. Me lo he leído con detenimiento y tiene algún punto interesante, tanto en este post como en el anterior sobre la imperceptible colonización yanki.

comentado en Abladías: ¿Por qué las Creative Commons no tienen sentido en España? | 29.07.05 - 16.36

Yo si puede ser quiero dos, una para merodeando y otra para xataka. Si no puede ser pues me explicas como se hace y lo intentamos.

Tiene todo muy buena pinta.

comentado en Atalaya: Redes-yo | 29.07.05 - 16.18

Después de unos días de darle vueltas. Un par de comentarios:

1. Ayudaría añadir el título del blog además del título de la nota a la que se enlaza.

2. ¿Tienen sentido los archivos individuales de los comentarios? Te generan más páginas en el servidor y tampoco tienen tanta entidad. Aparte de que mareas a Google… ¿no sería mejor usar como índice por defecto la hoja mensual y ya está?

comentado en Microsiervos: Microsiervos DC: Conversación Distribuida | 29.07.05 - 14.52

Right on Jason. I’ve been asked often recently how can I attract so many talented bloggers to work on our blogs. You’ve just nailed the answer.

comentado en The Jason Calacanis Weblog: Walden 3 (or “Utopia as business model”) | 29.07.05 - 10.53

Jueves 28

No sé si te sigo. ¿Para que aplique el artículo 31 tiene que tratarse de un medio de comunicación? La aplicación del artículo 32 me queda clara, aún no tasándose explicitamente la extensión, entiendo, espero que con fundamento, que excluye la reproducción íntegra. En cuanto al artículo 33, ¿permite la reproducción íntegra?

comentado en Blogespierre: La cultura libre en el derecho continental (versión 1.1) | 28.07.05 - 17.18

Comparto la idea de que en internet también existen comercio, delitos, delincuentes y demás, y que es parte del “mundo real”. Ahora bien, cuando dices “Vivimos en sociedad, y la red forma parte de nuestra sociedad” creo que estás apuntando al meollo de la cuestión.

Tradicionalmente las sociedades, o los ámbitos de aplicación de normas jurídicas, se han definido en función de un espacio físico determinado, que coincide habitualmente con el de los estados-nación. Internet, que como dices es parte del mundo real, pasa por encima de esos límites físicos, de manera que la sociedad en la que vivimos en internet, tiene poco que ver con presencia física (y por tanto con ordenamiento jurídico nacional). En internet mi vecino es un tipo de wisconsin que entra en mi blog y deja un comentario o uno simpático de Japón en cuyo blog escribo un comentario. ¿Qué ordenamiento jurídico se aplica en esa sociedad?

comentado en Blogespierre: La imperceptible colonización yanki | 28.07.05 - 17.15

Muy interesante estudio, muy interesante. Sin embargo, hay alguna cosa que no termina de quedarme clara, al igual que le pasa a Gatmorgan.

Si he seguido bien tu exposición basas la posibilidad de mostar un texto con copyright ajeno en un blog en el artículo 31 de la L.P.I. Concretamente en el supuesto 2, que prevé el uso privado del copista (no colectivo ni lucrativo).

Pues bien, ¿no es la publicación en un blog, aún sin ánimo de lucro, un uso colectivo que, por lo tanto, excluye el derecho a la copia sin autorización? ¿o se entiende por uso colectivo algún otro supuesto que a mí se me está escapando?

comentado en Blogespierre: La cultura libre en el derecho continental (versión 1.1) | 28.07.05 - 16.47

Muy interesante debate. Que siga, que siga.

comentado en El Blog de Enrique Dans: El futuro de la industria discografica: discutiendo con Antonio Guisasola | 28.07.05 - 16.30

Esta página forma parte del blog Merodeando. En ella se recogen algunos de los comentarios que he ido dejando en otros blogs. Agrupados permiten seguir mis conversaciones distribuidas.

Inspirado en Microsiervos DC: Conversación Distribuida y en el Further Afield de Kottke.org.

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