No cuela

Esta mañana, ha sido Ramón Muñoz en El País, una vez más, el que ha filtrado la pretendida nueva postura del gobierno sobre el famoso cierre administrativo de webs que ocasionó toda la protesta en torno al manifiesto. El Gobierno intenta presentar un procedimiento en el que sí interviene un juez para salvar la comisión de propiedad intelectual y su proyecto de ley. Pero no cuela.

No cuela por varios motivos:

  1. El procedimiento descrito en el artículo de El País se introduciría por vía reglamentaria, no en la propia Ley. Esto es, el texto que se filtró en diciembre se mantendría tal cual. Sin mover una coma, como aseguró en la reunión del ministerio Guillermo del Corral, director de política e industrias culturales. El problema fundamental de esto es que un reglamento no pasa por el parlamento, se aprueba (o se cambia) en el ministerio o en consejo de ministros. No se pueden introducir medidas que permiten vulneraciones de derechos fundamentales y añadir las garantías en una norma de rango menor. Mientras no se elimine la disposición adicional, o al menos se introduzcan en ella todas las garantías de tutela judicial, el resto es papel mojado, palabras que se lleva el viento. Si la ley es inconstitucional, sigue siendo inconstitucional independientemente de lo que diga el reglamento.
  2. Lo que preve el procedimiento es que un juez entienda sobre si hay legitimación para pedir un cierre cautelar y si se hay derechos fundamentales en juego. No entra sobre el fondo de la materia. El procedimiento de medidas cautelares ya existe en la legislación actual y es aplicable a los temas de derechos de autor (David Bravo explica cómo ha sido utilizado por las entidades de gestión hasta ahora). Y su plazo de resolución es relativamente rápido (dos meses), un plazo similar al que se espera que tuvieran con el sistema propuesto. El problema pues no es el plazo, el problema que se intenta resolver es que los jueces se obstinan en no darle la razón a las entidades de gestión.
  3. Con el procedimiento actual, si se procede al cierre cautelar y el juez determina finalmente que no tenía razón el demandante, este tiene que indemnizar al demandado. Con el nuevo procedimiento la indemnización la pagaría la administración, esto es, todos nosotros.
  4. No queda claro quien entendería sobre el fondo del asunto. No es lo mismo que lo haga un juez (en cuyo caso para qué tanto lío) o que lo haga la propia comisión (que aunque no se diga parece que es lo que se pretende).
  5. Manteniendo la redacción actual se mantiene la equiparación de la defensa de la propiedad intelectual con la de otros bienes jurídicos de muchísimo mayor calado, como son la seguridad nacional, la salud pública, la dignidad de la persona y la protección de la infancia (art.8 LSSICE), y merecedores de distintos niveles de protección. Especialmente si dicha protección se debe dar poniendo en juego la protección de derechos fundamentales. Estamos intentando vestir de interes general lo que no es más que el interés particular no ya de un sector industrial, sino de un grupo de empresas con una cierta interpretación de los negocios en dicho sector (y con intereses creados y fuertes contactos en la administración y en la política).
  6. Se mantiene la inseguridad jurídica de todos los que tenemos empresas en internet. Si el cierre es cautelar, el daño que se produce con el cierre de la página, que es el elemento fundamental de nuestros negocios, es irreparable. ¿En estas condiciones se pretende que el sector se desarrolle?

Y como cierre, ¿por qué en España tenemos dos ministerios de industria? Uno para todos los sectores industriales y otro sólo para la industria cultural. Porque el Ministerio de Cultura es eso, el ministerio de la industria cultural (según el modelo del siglo XX, para acotar con mayor precisión). Las políticas que cabría esperar de un ministerio de cultura (promoción de la difusión de la cultura) están o totalmente ausentes o totalmente subordinadas a la defensa de los intereses económicos de unos pocos rentistas (que no creadores) de la propiedad intelectual de terceros. ¡Qué triste!

Más información | Enrique Dans: La política del maquillaje, David Maeztu: ya tenemos intervención judicial previa al cierre de webs y David Bravo: la reforma inconstitucional se viste de seda pero inconstitucional se queda

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Cultura no admite discusión alguna sobre la ley

Reunión con el Ministerio de Cultura

¿Cómo surgió esta reunión?
Anoche apresuradamente y a última hora nos llamaron a unos cuantos para ir esta mañana a una reunión en el Ministerio de Cultura. Los convocados somos gente de internet de procedencia diversa: hay bloggers, periodistas, empresarios… Lo que se ha dado en llamar La lista de Sinde. ¿A quién representábamos? En realidad cada uno a sí mismo y puede que ni eso. Pero yo creo que en conjunto sí que hemos sido capaces de hacer llegar al ministerio el sentir de mucha gente en internet.

¿Cómo fue la reunión?
La verdad es que ya antes de ella no teníamos unas expectativas muy altas de ir a conseguir gran cosa en esta reunión, pero la palabra que define nuestro estado de ánimo al salir es decepción. La reunión empezó con la ministra llegando tarde. Se quedó durante una media hora o algo más y se fue antes de que acabase, a inaugurar un Museo y con el gesto algo torcido, o al menos eso me pareció a mí. Después de la salida de la ministra la interlocución fue con Guillermo del Corral Van Damme, Director de Política Cultural. Tras otra media hora aproximadamente, y cuando varios de los convocados se habían marchado y otros estábamos ya de pie, se cerró la reunión sin ningún acuerdo ni siguientes pasos marcados y con, por así decirlo, todas las espadas en alto.

La postura del Ministerio
El Ministerio declara que su objetivo es la promoción de la cultura en internet y que son neutrales respecto a los distintos modelos de negocio (de pago, de acceso gratuito). Justifican esta medida, que aseguran llevar preparando durante meses y haberla consultado ampliamente (aún no sabemos bien con quién), en que así se genera seguridad jurídica (tal cual). Su posición es que ellos no tienen ninguna intención de modificar el anteproyecto de ley ni de retirar la disposición adicional primera. Tampoco están dispuestos a sacarla de la ley de economía sostenible para discutirla y obtener mayor consenso de cara a su aprobación más adelante. La única vía de modificación que admiten es la transacción con otros grupos en el trámite parlamentario. Ofrecen tener en cuenta a los que estábamos en la reunión en la posterior tramitación del reglamento. Y, para rematar, ponen sobre la mesa un presupuesto de 30 millones de euros (si me falla la memoria que me corrija alguno de los presentes) para promocionar la cultura en internet. En especial para crear un, palabras textuales, “super-portal de contenidos culturales”.

Afirman también que el objetivo fundamental de la ley es perseguir, no ya a las webs de enlaces, sino a las webs de pago que proporcionan contenidos en streaming (que según mis cálculos rápidos no deben llegar ni a 20 en total). Para ello cerrarían webs e incluso ordenarían a los proveedores de acceso el bloqueo de webs alojadas en el extranjero. Ante nuestra comparación de dicho fenómeno con la situación de internet en China nos han respondido: “esto no es nuevo, es algo que ya hacemos”.

Por último, su pretensión es que la ley quede tal cual, y luego incorporar garantías de todo tipo y color en el reglamento que la desarrolle. Incluso se ha llegado a insinuar que alguno de los componentes de la citada comisión podría provenir del mundo de internet.

Mi opinión personal
Desde mi punto de vista lo que es inaceptable es que el procedimiento para cerrar webs en internet no tenga las mismas garantías que el procedimiento para cerrar medios de comunicación fuera de internet. Esto es, sólo mediante intervención de un juez. Me parece además de una falta de coherencia supina que ayer mismo Zapatero defendiera una parte de esta ley diciendo que no está dispuesto a quitar la protección judicial a las relaciones laborales y por otra parte estén intentando quitar la protección judicial a la libertad de expresión en internet.

Por otra parte no me parece aceptable ni responsable abrir un agujero enorme en la ley con esta disposición y luego poner las garantías en el reglamento (que es una norma de nivel inferior que aprueba el ministerio o el consejo de ministros sin necesidad de pasar por el parlamento). Si efectivamente el objetivo real de la ley son las webs de streaming de pago, estamos matando moscas a cañonazos. Es como pretender eliminar cuatro malas hierbas en un sembrado inmenso inundándolo con un pesticida que, además, ni siquiera es efectivo contra esas malas hierbas. Ya no es un problema de cuál es la intención real del gobierno con esta medida. Es que se deja el camino abierto para que este gobierno, y otros que puedan venir después, tengan un instrumento para censurar la libertad de expresión en internet.

Además, esta medida introduce un importante componente de inseguridad jurídica para todos los que, mal o bien, intentamos lanzar proyectos y hacer cosas en internet. Nos deja expuestos a que alguien a quien no le guste una crítica nos denuncie a la comisión alegando algún tipo de violación de la propiedad intelectual y el cierre de nuestra web lo decida la mencionada comisión sin intervención de un juez. Y claro, luego se puede recurrir, pero mientras la web está cerrada, y esas cosas no son rápidas precisamente. Así no hay quien invierta, quien innove ni quien se arriesgue a probar cosas nuevas en internet. Calla, que lo mismo ese era parte del objetivo.

Lo del “super-portal”, lo del dinero para proyectos culturales en internet y lo de la posible participación en la comisión me parecen tan, tan increíbles que prefiero ahorrarme adjetivos de los que luego me vaya a arrepentir.

Pero no nos engañemos. Cultura no nos ha convocado para oir nuestra opinión antes de preparar la ley. El anteproyecto de ley ya estaba preparado y aprobado en Consejo de Ministros cuando nos hemos enterado. Y sólo nos ha recibido porque en dos días se ha montado un revuelo tremendo en internet. Un revuelo que no se esperaban. Nos han dicho que llevaban meses preparando la ley y consultando con colectivos de lo más diverso. Y, sin embargo, en todo ese proceso, no se ha contactado con nadie de internet. Ni empresas, ni asociaciones de usuarios de internet, ni expertos, ni nadie de nadie. Me dicen que ni siquiera con los operadores de telecomunicaciones. Esta ley se ha hecho claramente a espaldas de internet. Hoy no nos han convocado para discutir la ley; sólo para intentar aplacarnos.

Y ahora ¿qué?
Ahora toca que todos los que nos hemos movilizado por esto: los que hemos estado en esta reunión, los que participamos en la redacción del manifiesto, los que han estado discutiendo sobre esto en sus blogs, en sus twitters, en sus facebooks, en sus redacciones, en sus empresas, en sus correos con sus contactos, sigamos peleando por ello. Se ha creado un grupo en facebook que ya tiene 46.000 miembros y que posiblemente suba mucho más. Desde él se han convocado manifestaciones en Madrid y Barcelona para mañana por la tarde. A muchos de los convocados nos han llamado de infinidad de medios de comunicación tradicionales. Nos han llamado también del PP, e imagino que pronto de otros partidos, para hablar sobre esto. Yo, por mi parte, estoy dispuesto a sentarme con quien me convoque para explicarle nuestra postura. Pero, obviamente, sin casarme con nadie, que esto no va de eso.

Esta protesta ha surgido de manera espontánea y distribuída. Esta es la naturaleza de internet. Es lo que desconcierta a los políticos tradicionales. Creo que la mejor manera de mantenerla viva y de intentar que consiga sus objetivos: la retirada de la disposición adicional primera del anteproyecto de ley, es mantenerla así. Sin centralizarla, sin que nadie asumamos protagonismos que no nos corresponden. Pero aportando cada uno nuestro granito de arena para que, por una vez, la opinión de internet sea tenida en cuenta. Al menos en los temas que nos afectan directamente.

Fotos | Jesús Encinar
Twits | Lista de Sinde, #Manifiesto

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En defensa de los derechos fundamentales en internet

Manifiesto “En defensa de los derechos fundamentales en internet”

Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que…

1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.

2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial – un organismo dependiente del ministerio de Cultura -, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.

3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.

4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.

5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.

6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.

7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.

8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.

9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.

10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.

Este manifiesto, elaborado de forma conjunta por varios autores, es de todos y de ninguno. Si quieres sumarte a él, difúndelo por Internet.

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Antes sin música y sin cine que sin libertad

Anoche Ramón Muñoz en El País destapaba un gol por la escuadra del Gobierno a Internet. O más bien de la Coalición de Rentistas, que es quien dicta la legislación en esta materia. Resulta que en el anteproyecto aprobado el viernes en Consejo de Ministros del popurrí, ley escoba o cajón desastre en que ya se había convertido la Ley de Economía Sostenible han colado de rondón una serie de medidas que van contra la línea de flotación de Internet. El gobierno lo ha presentado como medidas contra las páginas de enlaces pero en realidad son medidas que introducen una tremenda inseguridad jurídica para todos los que operamos en internet. Esto por tres motivos fundamentales:

  • El primero que añaden como causa para cerrar una página la infracción de derechos de autor.
  • El segundo que dejan la potestad para hacerlo en manos no de los jueces, sino de la SS (sección segunda) de la Comisión de Propiedad Intelectual.
  • Y el tercero que además se obliga a los prestadores de servicios a entregar a dicha comisión la información de identificación de sus usuarios.

Esto es, que con el pretexto de violación de derechos de autor se podrán cerrar webs sin que intervenga un juez. Y ya no es sólo un problema de infracciones de derechos de autor. Es que se convierte en un arma arrojadiza para cerrar cualquier web que no me guste, que me critique o que simplemente hable de mí. La Composición de la SS no se define aún en la ley, pero viendo la composición de la sección primera, ya nos podemos imaginar quién va a estar en la segunda.

Primero van a por las webs de descargas, pero seguro que poco después el objetivo será criminalizar los enlaces. Cuando los enlaces, conceptualmente, jamás pueden ser infracciones de propiedad intelectual. Parafraseando al clásico: primero fueron a por las webs de descargas, pero no me preocupé, luego a por los de los enlaces, tampoco me preocupé, ahora vienen a por mí…

Resulta que un supuesto derecho al lucro de unos pocos prima por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Es de sobra evidente que ni la música se muere ni el cine se muere. Pero es que aunque así fuera, yo prefiero vivir sin música y sin cine antes de vivir sin libertad, que es hacia lo que nos encaminamos.

No nos podemos quedar de brazos cruzados. Nos jugamos demasiado.

Más información | Blogespierre: Texto completo de la Disposición Adicional Primera, Enrique Dans: Involucionismo digital, la vergüenza de la democracia o el gobierno de Los Otros, Nacho Escolar: Insostenible, Cabreados: Atraco a mano armada

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¿Podrá soportar España 4.000.000 de bajas de clientes de banda ancha?

Cerca de cuatro millones de ciudadanos no pueden acceder a la banda ancha en España en función de su sitio de residencia; a este indicador negativo para el desarrollo de la Sociedad de la Información en España, se le podrían sumar bajas masivas de clientes del Adsl más lento y caro de Europa.

Las entidades representativas de la comunidad internauta, los profesionales y los consumidores informáticos en España estiman en cuatro millones la cifra de clientes de banda ancha, ADSL y cable, que podrían darse de baja si finalmente se confirma el acuerdo que REDTEL está negociando con las sociedades de gestión de los derechos de autor abanderadas por la SGAE, para que en España se den tres avisos antes de desconectar o ralentizar la conexión a Internet por usar redes P2P.

A la disminución de ingresos se sumarían las posibles indemnizaciones que podrían derivarse por incumplimiento de contrato de las operadoras y las sanciones aplicables en base a los artículos 8 (”Restricciones a la prestación de servicios y procedimiento de cooperación intracomunitario”) y 11 (”Deber de colaboración de los prestadores de servicios de intermediación”) de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, modificado por la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información.

Mientras las operadoras de telecomunicaciones tratan de sortear la crisis, las sociedades de gestión de los derechos de autor, intentan conseguir prebendas para las empresas productoras de contenidos tratando de convencer a todo el mundo de que el intercambio de archivos entre particulares por Internet es un acto delictivo y que supone fuertes pérdidas al sector de entretenimiento.

Sin embargo tanto la fiscalía como las sentencias dictadas establecen que el intercambio de archivos con copyright restrictivo por redes P2P no es un delito y no es punible de ninguna forma cuando se trata de archivos públicos o bajo licencias copyleft (la mayoría de los casos)

Las propias entidades de gestión de derechos de autor han reconocido en el “Informe de la industria de contenidos en España“, publicado por ASIMELEC, que no hay una bajada de ingresos en el sector y que solo la música tiene un retroceso en la venta a través del canal tradicional (aunque no se informa del aumento de ingresos por, entre otros, actuaciones en directo, descargas y publicidad)

Lo cierto es que las negociaciones que se están llevando a cabo bajo el auspicio del Ministerio de Cultura, pueden suponer que algunas de las empresas más solventes y con mayor capacidad tecnológica de España empiecen a perder clientes a marchas forzadas. Lo que repercutirá en su cuenta de resultados y en su capacidad de mantener el empleo.

Pero lo más grave es que un acuerdo de esta naturaleza atenta contra la libre competencia, frena en seco el acceso a la Sociedad de la Información en España menoscabando los derechos civiles de los ciudadanos y alejando aún más el derecho constitucional de acceso a la cultura y al conocimiento.

Firmado: Merodeando y 831 firmas más (por el momento). Pon la tuya publicando el texto en tu blog.

Vía | Mangas Verdes e Hispalinux

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SGAE 2020 en Mi mesa cojea

Buenísimo el post satírico-futurista que se marca hoy José Pérez en Mi mesa cojea:

(Artículo copiado de Wikipedia el 12 de marzo de 2020.)

…En 2011, tras un largo proceso de negociación con el Gobierno, la SGAE consigue sacar adelante una ley por la cual se considera al ser humano “un dispositivo de almacenamiento masivo”. Esta ley permite a la SGAE cobrar un canon mensual a las personas, ya que se entiende que éstas son capaces de memorizar y reproducir textos y melodías sin control alguno.

Leer post completo | SGAE 2020.

Relacionado con esto, pero mucho más triste y preocupante: un parlamentario europeo español (socialista y de 73 años) presenta una propuesta en el Parlamento Europeo, una vez más, para que los ISPs sean responsables por los contenidos intercambiados por sus usuarios y para que se cierren los sitios de enlaces torrent. Creo que no exagero si digo que sus votantes no le han votado para esto (que desde luego no estaba en su programa electoral) y que con actuaciones así se arriesga mucho a un fuerte voto de castigo en las siguientes Europeas, que están a la vuelta de la esquina y la percepción generalizada es que al fin y al cabo no se arriesga mucho usándolas para dar esos mensajes.

Vía | Mauro A. Fuentes en Friendfeed y Techmeme respectivamente

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Gana 3 juicios y 997 se autocensurarán

Hoy un ejemplo de esto. Los que publicamos contenidos en internet a los pies de cualquiera a quien no les gusten nuestras opiniones o las de nuestros lectores.

Llama poderosamente la atención que quien lo haga sea un grupo de medios, Vocento en este caso. ¿Es el mismo bufete de abogados que manda este cease and desist el que luego les defiende a ellos cuando son acusados por terceros de intromisión en el honor? ¿Qué postura tomarán cuando alguien les demande por contenidos subidos por usuarios suyos a Dalealplay? Por otro lado, una comunicación amistosa previa seguro que hubiera sido más eficaz.

Fuente | Gonzolog

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Sentencia condenatoria en juicio sobre SGAE en primera instancia

romeu

No quiero convertir este blog en un monográfico sobre la SGAE, pero entre el juicio y lo liado de trabajo que ando, últimamente lo parece.

Hoy nos han remitido la sentencia del juicio por la demanda que la SGAE planteó contra mi por atentado a su honor. La juez acepta la demanda y la petición de condena que solicitaba la SGAE. Dice que ha habido menoscabo del honor de la SGAE y que yo soy responsable “como una suerte de colaborador necesario de las manifestaciones vertidas en su blog que atentan al honor de la actora y que (…) no sufrieron intervención alguna por parte del demandado”. Afirma también que aunque sea de aplicación la LSSICE, no deja de serlo la ley de protección del derecho al honor.

Como único precedente jurídico la juez cita la sentencia del caso PutaSGAE, que no es firme, puesto que hoy mismo el Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso de casación contra ella, y por lo tanto no cabe alegarlo como precedente. También cita otra sentencia, la de la Frikipedia, que a su vez se remite a esta misma sentencia de PutaSGAE. Esto es, todo casos de la SGAE contra alguien y todos encadenados unos con otros. Cualquiera que no estuviera mejor informado y no conociera nuestro sistema jurídico podría llegar a pensar que se está intentando crear una jurisprudencia ad-hoc para la SGAE.

La sentencia incluye una definición de blog copiada literalmente de internet:

también conocido como weblog o cuaderno de bitácora (listado de sucesos), es un sitio web periódicamente actualizado que recopila cronológicamente textos o artículos de uno o varios autores, apareciendo primero el más reciente, donde el autor conserva siempre la libertad de dejar publicado lo que crea pertinente. Habitualmente, en cada artículo, los lectores pueden escribir sus comentarios y el autor darles respuesta, de forma que es posible establecer un diálogo.

Y luego añade, copiado de otra sentencia (viva el copy-paste):

Los hechos en los que se fundamenta la demanda se concretan fundamentalmente en los comentarios, llamados posit y positero a quien lo hace (sic)

Todavía tenemos que hacer un análisis más detallado de la sentencia. En cualquier caso tenemos claro que la recurriremos. Esto no ha acabado ni mucho menos.

Para terminar de cerrar el círculo, a raiz de una entrevista que me hizo Pablo Fernández en 20 Minutos, los abogados de la SGAE presentaron un escrito solicitando a la juez que no me dejara publicar el video de la audiencia pública. Escrito al que, por supuesto, nos hemos opuesto por improcedente y carente de fundamento jurídico. Aún así, todavía no tenemos el video de la audiencia.

Actualización 04/07/08: como consecuencia de la sentencia en primera instancia sobre la demanda de la SGAE, aún no estando de acuerdo con la decisión de la juez, decisión que en breve será recurrida a instancias superiores (sucesivamente Audiencia Provincial de Madrid, Tribunal Supremo, Tribunal Constitucional y Tribunal de Justicia de la Unión Europea) y como muestra de respeto hacia el poder judicial, en el que sigo confiando para que, al final de todo este proceso, se haga justicia, he procedido a eliminar contenidos de los 22 comentarios enumerados en la Sentencia. En dichos comentarios se ha sustituido las expresiones que supuestamente atentan al honor de la SGAE citadas en la demanda por “*****”.

Más información:

Cronología del proceso en Merodeando:

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No a la criminalización de los enlaces

Imagínate que te presento a un amigo, que así, a primera vista, parecer ser una buena persona. Vas a visitarle a su casa y él te presenta a otra persona, que también te invita a su casa. Cuando vas a visitar a esta tercera persona resulta que era un ladronzuelo y en un descuido te roba la cartera. Entonces tú decides que me denuncias a mí por el robo que has sufrido, porque yo te presenté a ese amigo.

Algo así es lo que le ha sucedido a Alex, propietario de Forocoches. Resulta que en otra web suya, de contenido pornográfico, pero legal, se enlaza a otra web que, a su vez, enlaza a una web con contenido pornográfico de menores, osea ilegal. El fiscal pide cinco años y nueve meses de prisión.

Todos estamos de acuerdo en que es deleznable que exista contenido pornográfico de menores en la red. Y estamos de acuerdo con que la gente que lo suba (y en especial los que obliguen a las menores y graben las escenas) vaya a la cárcel. Pero me parece que esto está fuera de toda proporción. O más bien, que el fiscal no tiene ni remota idea de cómo funciona internet.

Comparto totalmente que uno sea responsable de los contenidos que sube a internet. Ahora, los enlaces son invitaciones a visitar otras páginas, no garantías sobre los contenidos de los mismos. El contenido de las páginas a las que se enlaza es dinámico, cambia con el tiempo, y tú no tienes ningún control sobre él. La mayor parte de las veces ni siquiera eres consciente de que se ha producido un cambio. Y mucho menos puedes ser responsable de los contenidos de las páginas enlazadas en las páginas a las que enlazas. Es ridículo. Llevando esta teoría al absurdo, ¿hasta cuántos enlaces consecutivos se es responsable? ¿Es responsable Google por enlazar a la web pornográfica objeto de la denuncia? ¿Qué pasa si en una cadena de 5 o 10 enlaces hacia atrás llegamos a la página de algún organismo público?

Creo que es urgente que todo este tipo de cuestiones se aclaren en los tribunales para que todos los que publicamos contenidos en internet sepamos a qué atenernos. No se puede generar inseguridad jurídica de esta manera.

Actualización 05/07/08: Por una vez ha imperado la razón y la sentencia ha sido absolutoria. En la sentencia se dice

que el acusado no es culpable de que “terceros” hayan establecido enlaces con imágenes de pornografía de menores extranjeras en su página web.

Como apunta José Manuel Noguera, es importante darle publicidad a estas sentencias absolutorias, y a los resultados de juicios en segundas instancias, porque si no nos quedamos con la denuncia o con la sentencia inicial. Yo mismo, que había publicado sobre el tema, no me he enterad Y el daño, en forma de autocensura, ya está hecho.

Más información | Forocoches
Vía | Putamurcia

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