Esta mañana, ha sido Ramón Muñoz en El País, una vez más, el que ha filtrado la pretendida nueva postura del gobierno sobre el famoso cierre administrativo de webs que ocasionó toda la protesta en torno al manifiesto. El Gobierno intenta presentar un procedimiento en el que sí interviene un juez para salvar la comisión de propiedad intelectual y su proyecto de ley. Pero no cuela.
No cuela por varios motivos:
- El procedimiento descrito en el artículo de El País se introduciría por vía reglamentaria, no en la propia Ley. Esto es, el texto que se filtró en diciembre se mantendría tal cual. Sin mover una coma, como aseguró en la reunión del ministerio Guillermo del Corral, director de política e industrias culturales. El problema fundamental de esto es que un reglamento no pasa por el parlamento, se aprueba (o se cambia) en el ministerio o en consejo de ministros. No se pueden introducir medidas que permiten vulneraciones de derechos fundamentales y añadir las garantías en una norma de rango menor. Mientras no se elimine la disposición adicional, o al menos se introduzcan en ella todas las garantías de tutela judicial, el resto es papel mojado, palabras que se lleva el viento. Si la ley es inconstitucional, sigue siendo inconstitucional independientemente de lo que diga el reglamento.
- Lo que preve el procedimiento es que un juez entienda sobre si hay legitimación para pedir un cierre cautelar y si se hay derechos fundamentales en juego. No entra sobre el fondo de la materia. El procedimiento de medidas cautelares ya existe en la legislación actual y es aplicable a los temas de derechos de autor (David Bravo explica cómo ha sido utilizado por las entidades de gestión hasta ahora). Y su plazo de resolución es relativamente rápido (dos meses), un plazo similar al que se espera que tuvieran con el sistema propuesto. El problema pues no es el plazo, el problema que se intenta resolver es que los jueces se obstinan en no darle la razón a las entidades de gestión.
- Con el procedimiento actual, si se procede al cierre cautelar y el juez determina finalmente que no tenía razón el demandante, este tiene que indemnizar al demandado. Con el nuevo procedimiento la indemnización la pagaría la administración, esto es, todos nosotros.
- No queda claro quien entendería sobre el fondo del asunto. No es lo mismo que lo haga un juez (en cuyo caso para qué tanto lío) o que lo haga la propia comisión (que aunque no se diga parece que es lo que se pretende).
- Manteniendo la redacción actual se mantiene la equiparación de la defensa de la propiedad intelectual con la de otros bienes jurídicos de muchísimo mayor calado, como son la seguridad nacional, la salud pública, la dignidad de la persona y la protección de la infancia (art.8 LSSICE), y merecedores de distintos niveles de protección. Especialmente si dicha protección se debe dar poniendo en juego la protección de derechos fundamentales. Estamos intentando vestir de interes general lo que no es más que el interés particular no ya de un sector industrial, sino de un grupo de empresas con una cierta interpretación de los negocios en dicho sector (y con intereses creados y fuertes contactos en la administración y en la política).
- Se mantiene la inseguridad jurídica de todos los que tenemos empresas en internet. Si el cierre es cautelar, el daño que se produce con el cierre de la página, que es el elemento fundamental de nuestros negocios, es irreparable. ¿En estas condiciones se pretende que el sector se desarrolle?
Y como cierre, ¿por qué en España tenemos dos ministerios de industria? Uno para todos los sectores industriales y otro sólo para la industria cultural. Porque el Ministerio de Cultura es eso, el ministerio de la industria cultural (según el modelo del siglo XX, para acotar con mayor precisión). Las políticas que cabría esperar de un ministerio de cultura (promoción de la difusión de la cultura) están o totalmente ausentes o totalmente subordinadas a la defensa de los intereses económicos de unos pocos rentistas (que no creadores) de la propiedad intelectual de terceros. ¡Qué triste!
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