lunes, 07 de diciembre de 2009 a las 09:59
A finales de los años 60, de hecho un año antes de que yo naciera, mi padre trabajaba, junto a otros cuantos periodistas hoy muy conocidos pero entonces muy jóvenes, en el lanzamiento de un nuevo periódico, de nombre Nivel. El mismo día en que sacaban el número uno a la calle el periódico fue cerrado en virtud de la Ley de Prensa de 1966. Dicha ley, que en varios aspectos suavizaba la ley de prensa del 38, introducía, sin embargo, en su artículo 64, la figura del secuestro administrativo de publicaciones, que se utilizó para cerrar el diario Nivel con su primera edición aún caliente en las rotativas. Al inicio de la Democracia el Real Decreto-Ley 24/1977 de 1 de abril sobre Libertad de expresión derogó dicho secuestro administrativo.
Ese secuestro administrativo de la ley del 1966 es lo que se está planteando ahora para las publicaciones online en la Disposición Adicional Primera de la Ley de Economía Sostenible. Antes, la justificación era que atentaban contra los Principios Fundamentales del Movimiento. Ahora, que van contra la propiedad intelectual. El caso es el mismo. Da igual que lo llamen secuestro administrativo, suspensión, bloqueo, embargo, cierre temporal, clausura o lo que sea. Ninguna publicación debe poder ser cerrada sin autorización judicial.
Enviar por email
| Comentarios | Trackback
Sección:
Evolución Digital
Tags: manifiesto
Nos encantaría conocer tu opinión. Por favor, procura que tus comentarios estén relacionados con esta entrada. Intenta también no insultar ni usar palabrotas, respeta a los demás lectores de este blog. Los comentarios off-topic, burdamente promocionales, ofensivos o ilegales serán borrados sin piedad.
Puedes usar algo de HTML: <a href> <strong> <blockquote> <br /> <p> <strong> <em> <ul> <li>. Los párrafos y los retornos de línea también se incluyen automáticamente.
Este blog utiliza OpenId para la autentificación de usuarios. OpenId es un sistema de identificación distribuido que te permite, con un sólo registro, autenticarte en todos aquellos que lo soporten. Para la identificación se utiliza la url proporcionada por el servidor OpenId cuando te registras en él o la url de tu blog si lo has reclamado.
OpenId nos permitirá reducir el spam y mejorar la calidad de la conversación que hay en las entradas.
Si deseas una cuenta OpenId, puedes registrarte aquí, en el servidor OpenId de WeblogsSL.
¿Le tiraste el calcetín a alguno, Julio? ¿Que te debo?
#1 | Javier G. Recuenco el lunes, 07 de diciembre de 2009 a las 10:08
Julio, tu nota me ha recordado el cierre del diario Madrid que leía mi padre por las noches http://www.elpais.com/articulo/sociedad/TRIBUNAL_SUPREMO/MADRID_/DIARIO/diario/Madrid/memoria/olvido/elpepisoc/19850103elpepisoc_2/Tes/
Su posterior demolición permite ilustrar visualmente lo que podrían implicar ciertas "reformas legales" http://www.urbanity.es/foro/urbanismo-mad/893-de-madrid-al-cielo-album-de-fotos-historicas-51.html#post208194
#2 | josempelaez el lunes, 07 de diciembre de 2009 a las 10:34
Tú estuviste el otro día en una discusión en El País con David Cierco. En los vídeos que pude ver no se explicaba de donde, con exactitud, había partido la disposición. En principio se ha dado por cierto que partió de Cultura, pero cada vez hay más gente diciéndome que el texto partió de Industria, porque, en el Anteproyecto de Ley de Impulso de la Sociedad de la Información, año 2007, en la que Cierco sí que intervino en su escritura, ya se incluía lo del órgano administrativo. ¿Crees que es casualidad? ¿Él ha comentado algo al respecto en pettit comitè? ¿Sabes tú algo al respecto?
Ôo-~
#3 | santibenitez el lunes, 07 de diciembre de 2009 a las 10:41
José, efectivamente. Muy gráfico lo de la voladura de la sede del diario Madrid. Por cierto, el enlace de El País no me va.
Santi, no tengo muy claro de dónde partió el texto. Hay varias teorías sobre esto. David Cierco se cuidó muy mucho de decir nada al respecto. Yo, la verdad, más que preocuparme por personas concretas, me preocupo porque consigamos desmontar ciertos lugares comunes que están muy asentados entre los miembros del gobierno e incluso toda la clase política pero que son meridianamente falsos. Por ejemplo eso de que si no protegemos el actual modelo de negocio de la industria cultural nos quedaremos sin música, sin cine, etc.
#4 | Julio Alonso el lunes, 07 de diciembre de 2009 a las 10:46
Hola,
He escrito una entrada en mi blog ( http://t.simonbcn.net/post/269079680 ) sobre mis conclusiones sobre este polémico anteproyecto de ley y el Manifiesto, pero en todos los análisis que he leído hecho en falta un comentario esclarecedor sobre una parte de la ley que todos obvian: "…El sometimiento de las partes a la Comisión será voluntario y deberá constar expresamente por escrito."
¿Esto no cambia totalmente los planteamientos que se están presentado en contra de esta ley?
Agradecería cualquier aclaración al respecto.
Un saludo.
#5 | Simón el lunes, 07 de diciembre de 2009 a las 14:33
Simón, eso que dices se refiere sólo al procedimiento arbitral que es el que regula los conflictos entre sociedades gestoras y operadoras de cable y del que se ocupa la sección primera de la comisión.
De lo que hablamos aquí es de la sección segunda y en ella no aplica el sometimiento voluntario. Se trataría un tema siempre a partir de la denuncia de una parte y sería una decisión administrativa obligatoria, aunque recurrible por la vía contencioso-administrativa.
#6 | Julio Alonso el lunes, 07 de diciembre de 2009 a las 15:31
[...] El secuestro administrativo www.merodeando.com/2009/12/07-el-secuestro-administrativo por Torosentado el 11:57 UTC [...]
#7 | El secuestro administrativo el martes, 08 de diciembre de 2009 a las 12:57
Por fin lo he entendido.
Es que leer esa jerga legal y entenderla tiene tela.
De todas formas, sigo echando en falta que alguien escriba un artículo explicando este anteproyecto de Ley de una manera rigurosa, sin opiniones ni posicionamientos, desde el punto de vista legal pero de lectura accesible para los legos en la materia.
Muchas gracias, Julio Alonso.
#8 | Simón el martes, 08 de diciembre de 2009 a las 17:38
"Principios Fundamentales del Movimiento" comparado sin querer con "Ley de Propiedad Intelectual". Parecerá una exageración, pero además de divertido, lo percibo con un serio fundamento.
#9 | Gonzalo Martín el jueves, 10 de diciembre de 2009 a las 16:37
La verdad es que parece increible que estén pasando estas cosas con la pasividad de la mayoria de las personas.
#10 | argaillatoure el jueves, 08 de abril de 2010 a las 23:48